Una vez recibida la solicitud, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán a la dirección de la inscripción del elector:
•Papeletas
•Sobres de votación
•Dos certificados idénticos de estar inscrito en el CERA
•Sobre dirigido a la Junta Electoral competente
•Sobre dirigido a la Oficina Consular
Voto por Correo – Hasta el 16 de octubre
Enviar por correo certificado a la oficina Consular
Voto en Urna – Entre el 17 y el 19 de octubre
Entregar personalmente los sobres en la oficina Consular
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