miércoles, 3 de octubre de 2012

Elecciones Catalanas 2012



El plazo para solicitar el voto Cera finaliza el 27 de octubre de 2012.

PARLAMENTO DE CATALUÑA


Los electores residentes en el extranjero que deseen ejercer su derecho a votar en las elecciones al Parlamento de Cataluña, deberán formular mediante impreso oficial la solicitud de voto dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia correspondiente a su municipio de inscripción, del 2 al 27 de octubre.

La Oficina del Censo Electoral ha enviado una comunicación a estos electores con el impreso de solicitud incorporado, también pueden descargar el impreso solicitud de voto.

Una vez firmada la solicitud el elector debe enviarla, por correo postal o fax, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de inscripción vigente para estas elecciones, adjuntando uno de los siguientes documentos:
·         Fotocopia del DNI español
·         Fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas
·         Certificado de nacionalidad (de expedición gratuita por el Consulado en el que esté inscrito)
·         Certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (de expedición gratuita por el 
          Consulado en el que esté inscrito).

La Delegación provincial enviará la documentación necesaria para que pueda votar por correo del 30 de octubre al 5 de noviembre. Este plazo puede ampliarse hasta el 13 de noviembre en el caso de haber impugnación de candidatos. 


Los electores residentes en el extranjero pueden votar de dos formas:

A. Depositando personalmente su voto en la urna habilitada en el Consulado en el que se encuentre inscrito.

B. Remitiendo su voto por correo certificado al citado Consulado y deben seguir las instrucciones reguladas en cada caso.

Importante: No envíe su voto directamente a la Junta Electoral ya que serán considerados votos nulos los remitidos desde el extranjero por los electores inscritos en el CERA que no hayan sido recibidos a través de los correspondientes consulados.

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