sábado, 1 de septiembre de 2012

ELECCIONES 21 DE OCTUBRE DE 2012


Voto por correo de electores españoles residentes ausentes que viven en el extranjero

Los electores residentes en el extranjero que deseen ejercer su derecho a votar en las elecciones al Parlamento de Galicia y al País Vasco deberán formular mediante impreso oficial la solicitud de voto dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia correspondiente a su municipio de inscripción del 28 de agosto al 22 de septiembre.

La Oficina del Censo Electoral ha enviado una comunicación a estos electores con el impreso de solicitud incorporado, también pueden descargar el impreso solicitud de voto para Galicia y para el País Vasco.


Una vez firmada la solicitud el elector debe enviarla, por correo postal o fax, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de inscripción vigente para estas elecciones, adjuntando uno de los siguientes documentos:

·         Fotocopia del DNI español
·         Fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas
·         Certificado de nacionalidad (de expedición gratuita por el Consulado o Embajada en la que esté inscrito)
·         Certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (de expedición gratuita por el Consulado o Embajada en la que esté inscrito).


La Delegación provincial enviará la documentación necesaria para que pueda votar por correo del 25 de septiembre al 1 de octubre. Este plazo puede ampliarse hasta el 9 de octubre en el caso de haber impugnación de candidatos. Los electores residentes en el extranjero pueden votar de dos formas:

A. Depositando personalmente su voto en la urna habilitada en el Consulado en la que se encuentre inscrito, los días 17,18 y 19 de octubre.
 
B. Remitiendo su voto por correo certificado al citado Consulado y deben seguir  las instrucciones reguladas en cada caso del 25 de septiembre al 16 de octubre .

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